TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante, en uso de las atribuciones emanadas de los artículos 27 - Inciso 10º y 28 - Inciso 1º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, sanciona la siguiente O R D E N A N Z A Nº 3 ------------------------------ ARTICULO 1º.- Créase la "Comisión Municipal del Hospital de la Comunidad" cuya fi- ------------------ nalidad será la de efectuar los estudios realizando las consultas perti- nentes a los organismos competentes, que posibiliten la puesta en marcha y organización técnica, financiamiento y administración integral del Hospital de la Comunidad de la Ciu- dad de Balcarce.------------------------------------------------------------------------ ARTICULO 2º.- La "Comisión Municipal" estará integrada de la siguiente forma: ----------------- A) COMISION ASESORA 1 - Secretaría de Bienestar Social de la Comuna de Balcarce.- 2 - Director del Hospital Municipal "Dr. Felipe A. Fossati".- 3 - Secretario Técnico Hospital Municipal "Dr. Felipe A. Fossati".- 4 - Un representante de la Fundación Asistencial Balcarce.- 5 - Un representante Círculo Médico Balcarce.- 6 - Un representante Subdelegación Balcarce de la C.G.T.- 7 - Un representante Centro de Analistas Clínicos de Balcarce.- 8 - Un miembro de la Comisión de Salud Pública del H. Concejo Deliberante.- B) SUB-COMISION TECNICA - ------------------------------------ 1 - Dirección Estadística Municipalidad de Balcarce.- 2 - Ministerio de Bienestar Social de la Provincia de Buenos Aires.- 3 - Escuela de Salud Pública U.N. de Buenos Aires.- 4 - Equipo Arquitectónico constructor del edificio del Hospital de la Comunidad.- 5 - Cualquiera otra a pedido de los miembros de la Comisión Asesora.- ARTICULO 3º.- La Comisión Asesora será presidida por el Secretario de Bienestar So- ------------------ cial de la Municipalidad. Actuará como Secretario el Director del Hos- pital Municipal "Dr. Felipe A. Fossati", quien en caso de ausencia del primero, lo reem- plazará, asumiendo entonces sus funciones el Secretario Técnico del Hospital Municipal "Dr. Fossati".--------------------------------------------------------------------------- ARTICULO 4º.- La sede de la Comisión Asesora será la del Hospital de la Comunidad, ------------------ debiendo reunirse en horario y fechas a determinar por la misma, pero con una periodicidad mínima de dos (2) veces por mes.---------------------------------- ARTICULO 5º.- La Comisión Asesora podrá designar entre sus miembros subcomisio- ------------------ nes a fin de que se aboquen en forma pormenorizada a problemas que necesiten un estudio más detallado o profesional.----------------------------------------- ARTICULO 6º.- Las funciones a realizar y planificar por la Comisión Asesora serán las ------------------ siguientes: a - Elaborar y diagramar el régimen de administración, el sistema c ontable, el funciona- miento del Consejo de Administración, sus atribuciones y facultades, estableciendo el posible mecanismo de funcionamiento financiero, provisión de fondos, subsidios a so- licitar y a percibir vía presupuesto municipal o provincial, convenios a firmar con enti- dades privadas, obras sociales, compañías de seguros y asociaciones mutuales.- b - Esquematizar el Presupuesto de Gastos del Hospital teniendo en cuenta los planteos básicos de personal que de acuerdo a las normas mínimas de funcionamiento debe contar el Hospital, de complejidad de Hospital Subzonal.- Diagramar los distintos Departamentos cuyo mantenimiento debe estar en un todo de acuerdo con el equipamiento óptimo con que cuentan.- c - Continuar con los estudios para la realización de las nuevas etapas de construcción edilicia que la actividad creciente del Hospital requiera.- d - Determinar, de acuerdo con las características del Hospital teniendo como guía los enunciados del Reglamento de Servicio de Salud (Decreto Nº 4790 año 1972) del Ministerio de Bienestar Social de la Provincia de Buenos Aires; las dotaciones de personal profesional, técnico, auxiliar administrativo y de maestranza; régimen de in- greso, estabilidad, remuneraciones, etc. e - El Personal Profesional estará amparado y obligado por las disposiciones de la Or- denanza Nº 361/73, promulgada para el Partido de Balcarce, de Carrera Médico Hospitalaria.- En lo que respecta al personal administrativo y de enfermería, su ingreso sera impres- cindiblemente por selección con pruebas de capacitación a determinar, no admitién- dose otro requisito que la idoneidad para desempeñar el puesto a concursar. En lo que respecta al resto del personal se tratará en lo posible de garantizar el mejor grado de preparación aún en las labores menos especializadas, tratando de esta manera de brindar un óptimo servicio en todas las áreas del Nosocomio.- ARTICULO 7º.- La Comisión Asesora informará periódicamente al Honorable Concejo ------------------ Deliberante de la marcha de los estudios respectivos y el tiempo nece- sario para el cumplimiento de su labor.-------------------------------------------------- ARTICULO 8º.- La Comisión podrá deliberar hasta con un mínimo de tres de sus miem- ------------------ bros, pero sus decisiones necesitarán el voto afirmativo de la mitad más uno, es decir, cinco votos, sesión en la que se avisará previamente acerca del tema a discutir.------------------------------------------------------------------------------- ARTICULO 9º.- Las resoluciones tomadas por la Comisión serán elevadas con la firma ------------------ de sus miembros al Departamento Ejecutivo, quien elaborará el pro- yecto de Ordenanza respectivo, a fin de que sea remitido, para su estudio, al Honorable Concejo Deliberante de Balcarce.------------------------------------------------------ ARTICULO 10º.- Los gastos que demande el funcionamiento de la Comisión y los viá- ------------------- ticos a devengar a los de la Comisión Técnica eventualmente, serán proporcionados por el Presupuesto de Gastos en las partidas de la finalidad "Salud Pú- blica", previa aprobación del Presupuesto por la Comisión de Salud Pública que lo ele- vará al H. Concejo Deliberante.--------------------------------------------------------- ARTICULO 11º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-------------- ------------------- DADA en la Sala de Sesiones del H. Concejo Deliberante, a seis días del mes de julio del año mil novecientos setenta y tres. FIRMADO: Luis C. Buonassisi - Presidente; María Elena Paganini - Secretaria.------------------------------------------------------